El Tribunal Administrativo Central, dependiente del Ministerio de Hacienda en España, anuló los requisitos de la licitación que Renfe diseñó para crear una empresa participada de autobuses. La decisión se produjo el 24 de julio de 2026 tras considerar que las condiciones establecidas afectaban gravemente a la libre competencia en el sector del transporte de viajeros por carretera.

El tribunal estimó parcialmente el recurso presentado por Direbús, la asociación que agrupa a pequeñas y medianas empresas del sector de autobuses en España. El proceso de licitación estaba paralizado desde abril de 2026, cuando las empresas comenzaron a impugnar los pliegos de condiciones que consideraban excluyentes para la mayor parte del sector.

Requisitos considerados contrarios a la competencia

El Tribunal Administrativo Central determinó que Renfe había fijado requisitos de solvencia económica y técnica que dejaban fuera a la mayoría de empresas del sector. Entre las condiciones anuladas destaca la obligación de disponer de una flota de 500 autobuses en caso de presentarse en solitario, o de 300 autobuses si se hacía en consorcio.

Además, el tribunal consideró improcedente la exigencia de una facturación mínima de 75 millones de euros en tres años. Según Direbús, solo 10 u 11 empresas de más de dos mil activas en el sector cumplían con estos requisitos, lo que representaba una barrera prácticamente insalvable para las pequeñas y medianas empresas.

Otro punto crítico fue la decisión de Renfe de firmar contrato con una sola compañía, rechazando el sistema de lotes que hubiera permitido la participación de múltiples operadores. El tribunal encontró que esta medida carecía de justificación suficiente y limitaba la concurrencia.

Se constata que las elevadas cifras exigidas tanto para la solvencia económica y financiera, como para la técnica, tienen como fundamento la existencia de un único lote del contrato

El tribunal consideró además que faltaba justificación para los requisitos técnicos que exigían experiencia previa en operación en Madrid, Barcelona, Comunidad Valenciana, Sevilla, Málaga, Córdoba o Granada. Esta condición geográfica reducía aún más el número de empresas elegibles.

Impacto de la resolución y retroacción del procedimiento

Con la resolución del Tribunal Administrativo Central, el procedimiento se retroactúa al momento anterior a la aprobación de los documentos impugnados. Esto significa que Renfe deberá elaborar un nuevo pliego de condiciones que corrija las restricciones identificadas por el tribunal y garantice condiciones de igualdad para los participantes.

La empresa ferroviaria había calculado que necesitaría 300 autobuses diarios para cubrir los servicios alternativos cuando se produjeran obras o incidencias en las líneas de tren. Según estimaciones de Renfe, la creación de esta empresa podría generar ahorros de entre 90 y 130 millones de euros en un periodo de 10 años.

supone, de facto, una restricción clara de la concurrencia

La compañía ferroviaria ha reiterado que el proyecto busca garantizar planes alternativos de transporte para mantener la movilidad de los usuarios en situaciones excepcionales, no competir directamente con el sector de autobuses en condiciones normales de operación.

Postura de Renfe y del sector de autobuses

Renfe confirmó tras conocerse la resolución del tribunal que estudiará las decisiones para adaptar un nuevo pliego de condiciones. La empresa ferroviaria dejó claro que no renuncia a la creación de la empresa de autobuses y mantiene su objetivo de mejorar el servicio público.

no renuncia a la creación de una empresa de autobuses

no nace para competir con el sector, sino para garantizar una mejor capacidad de respuesta y servicio público

Por su parte, Alfonso Taborda, presidente de Direbús, celebró la decisión del tribunal como una victoria de la libre competencia. La asociación había argumentado que los requisitos establecidos constituían un intento de nacionalizar un servicio que tradicionalmente han prestado empresas privadas.

Todos merecemos participar de las licitaciones públicas en igualdad de condiciones

lo que no vamos a aceptar es que con el dinero de nuestros impuestos y los de los ciudadanos, se intente nacionalizar el servicio del transporte de viajeros por carretera alternativo a los servicios de Renfe

Además de Direbús, otras organizaciones del sector como Anetra y Fenadismer también presentaron recursos contra los pliegos de condiciones, aunque sus argumentos específicos no se detallan en la resolución del tribunal.

Preguntas frecuentes

¿Renfe puede seguir adelante con su empresa de autobuses?

Sí, Renfe mantiene su intención de crear la empresa de autobuses y deberá elaborar un nuevo pliego de condiciones que corrija las restricciones identificadas por el Tribunal Administrativo Central para garantizar la libre competencia.

¿Qué requisitos fueron anulados por el tribunal?

El tribunal anuló la exigencia de disponer de 500 autobuses en flota propia (o 300 en consorcio), la facturación mínima de 75 millones de euros en tres años, y la decisión de firmar con una sola compañía en lugar de usar un sistema de lotes.

¿Cuántas empresas quedaban excluidas con los requisitos originales?

Según Direbús, solo 10 u 11 empresas de más de dos mil activas en el sector cumplían con los requisitos establecidos originalmente por Renfe, lo que representaba una exclusión prácticamente total de las pequeñas y medianas empresas.

La resolución del Tribunal Administrativo Central obliga a Renfe a rediseñar su estrategia para crear la empresa de autobuses, pero no cancela definitivamente el proyecto. El proceso de licitación, paralizado desde abril, deberá reiniciarse con condiciones que permitan una participación más amplia del sector y garanticen la libre competencia en el transporte de viajeros por carretera en España.

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